Derecho de petición a Coosalud EPS: modelo 2026 con IA

Coosalud EPS tiene 15 días hábiles para responder un derecho de petición (Ley 1755 de 2015), y 10 días hábiles si pides copia de tu historia clínica. Con el generador gratuito de LoJusto redactas el documento en minutos, conoces la fecha límite exacta de respuesta y lo descargas listo para radicar.

Que la EPS no autorice un examen, no entregue un medicamento o nunca asigne la cita con el especialista está entre las quejas más comunes del sistema de salud colombiano. El derecho de petición obliga a Coosalud EPS a responderte por escrito dentro de un plazo legal — y deja un radicado con el que puedes escalar si no lo hace.

Aquí encuentras los canales de radicación de Coosalud EPS verificados uno a uno, el plazo exacto que tiene para responderte y un generador gratuito que convierte tu caso en un documento formal listo para presentar.

Generar mi petición a Coosalud EPS

Gratis · tus datos personales no salen de tu navegador.

Plazo de respuesta de Coosalud EPS

El plazo depende de lo que pidas (Ley 1755 de 2015) y se cuenta en días hábiles desde el día siguiente a la radicación:

Lo que pidesPlazo legal
Autorización de un servicio o procedimiento15 días hábiles
Cita médica o remisión a especialista15 días hábiles
Entrega de medicamentos15 días hábiles
Copia de mi historia clínica10 días hábiles
Queja por la atención recibida15 días hábiles

Si Coosalud EPS no responde dentro del plazo legal, puedes presentar una queja ante la Superintendencia Nacional de Salud por su formulario web de PQRD (supersalud.gov.co), adjuntando tu derecho de petición, el número de radicado y las órdenes médicas relacionadas. Si el caso pone en riesgo tu salud, evalúa una acción de tutela con orientación profesional.

Cómo radicar ante Coosalud EPS

Correo oficial para derechos de petición: notificacioncoosaludeps@coosalud.com.

Ir al canal oficial de radicación de Coosalud EPS

VERIFICADO EN FUENTE OFICIAL (coosalud.com/contacto-pqr-movil). Derechos de petición: la propia EPS indica el correo notificacioncoosaludeps@coosalud.com para "notificaciones judiciales, derechos de petición, tutelas, entre otros". PQRS generales: formulario pqrs.coosalud.com/pqrCreate o correo defensorusuario@coosalud.com. Seguimiento: portalautogestion.coosalud.com o marcando #922. Líneas 24/7: #922 gratis desde celular (Movistar/Tigo/Claro) · 01 8000 515 611 (fija, nacional). Nota de radicación: si se desea respuesta física, debe pedirse explícitamente en la descripción e incluir la dirección de domicilio. Es la única EPS del top 6 con correo oficial para peticiones — canal ideal para radicar el documento generado.

Siempre exige y guarda el número de radicado: es tu prueba de la fecha de presentación y el punto de partida del plazo legal.

Qué debe llevar tu derecho de petición

  • Tus datos de identificación y de contacto (en LoJusto se insertan en tu navegador: nunca viajan a ningún servidor).
  • Los hechos, numerados y en orden cronológico.
  • Los fundamentos de derecho. Para peticiones a una EPS aplican: Constitución Política de Colombia, artículo 23 (derecho de petición) · Ley 1755 de 2015 (regula el derecho de petición y sus plazos de respuesta) · Ley 1751 de 2015, Estatutaria de la Salud (la salud como derecho fundamental) · Ley 1581 de 2012 (protección de datos personales y habeas data).
  • Las peticiones concretas y verificables que le haces a la entidad.
  • La dirección o correo donde recibirás la respuesta, y tu firma.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiene Coosalud EPS para responder un derecho de petición?
15 días hábiles contados desde el día siguiente a la radicación (Ley 1755 de 2015). Si lo que pides es copia de tu historia clínica u otros documentos, el plazo baja a 10 días hábiles.
¿Cómo radico mi derecho de petición ante Coosalud EPS?
Puedes radicarlo al correo oficial notificacioncoosaludeps@coosalud.com. Guarda siempre el número de radicado o el comprobante: desde ese día corre el plazo legal de respuesta.
¿Qué hago si Coosalud EPS no me responde a tiempo?
Presenta una queja ante la Superintendencia Nacional de Salud (formulario PQRD en supersalud.gov.co) adjuntando tu petición y el número de radicado. Si tu salud está en riesgo, evalúa una acción de tutela con orientación profesional.
¿Necesito abogado para presentar un derecho de petición?
No. Es un derecho fundamental que cualquier persona puede ejercer directamente, sin abogado y sin costo. El documento que generas en LoJusto es una plantilla de orientación que tú revisas, firmas y radicas.
¿Generar el documento tiene algún costo?
No, el generador de LoJusto es gratuito. Además, tu nombre, cédula y datos de contacto nunca salen de tu navegador: el documento se arma en tu dispositivo.
Este documento es una plantilla de orientación general, generada a partir de la información que tú proporcionaste. No constituye asesoría legal, contable ni financiera, y LoJusto no es una firma de abogados. Revísalo, ajústalo a tu caso y radícalo bajo tu propia responsabilidad. Para situaciones complejas o de alto valor, consulta a un abogado.

Basado en: Constitución Política de Colombia, artículo 23 (derecho de petición) · Ley 1755 de 2015 (regula el derecho de petición y sus plazos de respuesta) · Ley 1751 de 2015, Estatutaria de la Salud (la salud como derecho fundamental) · Ley 1581 de 2012 (protección de datos personales y habeas data). Última revisión normativa: 2 de julio de 2026. Datos de radicación de Coosalud EPS verificados manualmente el 2 de julio de 2026 (fuente: coosalud.com/contacto-pqr-movil (fuente oficial, verificación directa)). Las normas y los canales pueden cambiar; verifica la vigencia en fuentes oficiales.