Derecho de petición a una entidad pública: modelo 2026 con IA
Toda entidad pública en Colombia debe responder tu derecho de petición: 15 días hábiles como regla general, 10 si pides documentos o información y 30 si es una consulta (Ley 1755 de 2015). Radicar es gratuito y los canales electrónicos funcionan 24/7. Con LoJusto generas el documento con su fecha límite exacta, listo para radicar.
El derecho de petición (artículo 23 de la Constitución) es la herramienta con la que cualquier persona le exige al Estado información, documentos, certificados, respuestas o correcciones. No necesita abogado, no tiene costo y obliga a la entidad a contestarte por escrito dentro de un plazo legal que depende de lo que pidas.
LoJusto convierte tu caso en el documento formal: cuentas qué necesitas, el sistema redacta la petición con las normas correctas y te dice la fecha límite exacta en que deben responderte.
Gratis · tus datos personales no salen de tu navegador.
Plazos de respuesta (Ley 1755 de 2015)
| Lo que pides | Plazo legal |
|---|---|
| Información sobre un trámite o actuación | 10 días hábiles |
| Copias de documentos | 10 días hábiles |
| Un certificado o constancia | 10 días hábiles |
| Queja por un servicio o funcionario | 15 días hábiles |
| Consulta técnica o jurídica | 30 días hábiles |
Si la entidad no responde en el plazo, el derecho de petición es un derecho fundamental: puedes evaluar una acción de tutela con orientación profesional y reportar la omisión a la Procuraduría. Si radicaste ante la entidad equivocada, debía trasladar tu petición a la competente en 5 días hábiles e informártelo.
Elige la entidad
Canales verificados manualmente para las entidades nacionales; para alcaldías y secretarías de educación, la guía para ubicar el canal de tu municipio:
Qué debe llevar el documento
- Tus datos de identificación y contacto (en LoJusto nunca salen de tu navegador).
- Los hechos, numerados y en orden cronológico.
- Los fundamentos de derecho: Constitución Política de Colombia, artículo 23 (derecho de petición) · Ley 1755 de 2015 (regula el derecho de petición y sus plazos de respuesta) · Ley 1581 de 2012 (protección de datos personales y habeas data).
- Las peticiones concretas que le haces a la entidad.
- Dónde recibirás la respuesta, y tu firma.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto tiene una entidad pública para responder?
- 15 días hábiles como regla general, 10 para documentos e información, 30 para consultas y 5 para el traslado si la entidad no es la competente (Ley 1755 de 2015). Siempre desde el día siguiente a la radicación.
- ¿Radicar un derecho de petición cuesta algo?
- No: es gratuito en todos los casos, la radicación electrónica funciona 24/7 y la ley admite peticiones verbales y anónimas justificadas. Ninguna entidad puede cobrarte por recibirla ni exigirte abogado.
- ¿Qué pasa si radico ante la entidad equivocada?
- La petición no muere: la entidad debe trasladarla a la competente dentro de los 5 días hábiles siguientes e informarte. Aun así, apuntar a la entidad correcta desde el inicio acorta el trámite.
- ¿Qué hago si la entidad no responde en el plazo?
- El derecho de petición es un derecho fundamental: puedes evaluar una acción de tutela con orientación profesional y reportar la omisión a la Procuraduría General de la Nación o al control interno de la entidad.
Basado en: Constitución Política de Colombia, artículo 23 (derecho de petición) · Ley 1755 de 2015 (regula el derecho de petición y sus plazos de respuesta) · Ley 1581 de 2012 (protección de datos personales y habeas data). Última revisión normativa: 2 de julio de 2026. Las normas y los canales pueden cambiar; verifica la vigencia en fuentes oficiales.